Cuando un escrito, grabación o filmación, o parte de éstos, es presentado como evidencia por una parte, la parte contraria puede requerir que en ese momento se presente la totalidad del escrito, grabación o filmación presentado parcialmente. Puede igualmente requerir cualquier otro escrito, grabación o filmación que deba ser presentado contemporáneamente para la más cabal comprensión del asunto. No se admitirá prueba de otra manera inadmisible, bajo el pretexto de la presentación de la totalidad del escrito, grabación o filmación.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
VI. Reglas de Evidencia de 2009
Regla 103. Aplicabilidad de las reglas
Regla 104. Admisión o exclusión errónea de evidencia
Regla 105. Efecto de error en la admisión o exclusión de evidencia
Regla 106. Error extraordinario
Regla 107. Admisibilidad limitada
Regla 108. Evidencia relacionada con lo ofrecido
Regla 109. Determinaciones preliminares a la admisibilidad de evidencia