(a) Aplicabilidad al Tribunal General de Justicia.—
(1) Tribunal de Primera Instancia.— Las reglas aplican en las Salas del Tribunal de Primera Instancia.
(2) Tribunal Supremo y Tribunal de Apelaciones.— Las reglas aplican en los procedimientos ante el Tribunal Supremo y el Tribunal de Apelaciones, con arreglo a los límites establecidos en sus respectivos reglamentos.
(b) Casos civiles y penales.— Las reglas aplican en todos los casos civiles y penales, excepto en casos de desacato sumario.
(c) Privilegios y conocimiento judicial.— Las reglas de privilegios y conocimiento judicial aplican en todas las etapas de los procedimientos, acciones, y casos civiles y penales.
(d) Las reglas no obligan en:
(1) Las determinaciones preliminares a la admisibilidad de prueba, de conformidad con la Regla 109(a) de este apéndice;
(2) los procedimientos interlocutorios o post sentencia, entre otros:
(A) Procedimientos relacionados con la determinación de causa probable para arrestar o expedir orden de registro y allanamiento;
(B) fase de la sentencia en el procedimiento penal;
(C) procedimientos relacionados con la imposición de fianza o condiciones en los procedimientos penales;
(D) vistas de revocación de libertad a prueba o condicionada;
(E) procedimientos relacionados con entredichos provisionales e interdictos preliminares, y
(3) los procedimientos ex parte.
(e) Procedimientos bajo leyes especiales.— Las reglas aplican en procedimientos establecidos por leyes especiales, salvo que expresamente se disponga lo contrario o sean incompatibles con la naturaleza del procedimiento especial contemplado en la ley.
(f) Procedimientos de determinación de causa para acusar (vista preliminar).— En la vista de determinación de causa para acusar (vista preliminar), aunque las Reglas de Evidencia no obligan, la determinación de causa deberá efectuarse con evidencia admisible en el juicio.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
VI. Reglas de Evidencia de 2009
Regla 103. Aplicabilidad de las reglas
Regla 104. Admisión o exclusión errónea de evidencia
Regla 105. Efecto de error en la admisión o exclusión de evidencia
Regla 106. Error extraordinario
Regla 107. Admisibilidad limitada
Regla 108. Evidencia relacionada con lo ofrecido
Regla 109. Determinaciones preliminares a la admisibilidad de evidencia