2020 Laws of Puerto Rico
IX. Departamento de Hacienda
Artículo XI. Administración de personal

El Departamento de Hacienda y sus componentes operacionales constituirán Administradores Individuales de conformidad con la Ley Núm. 5 de 14 de octubre de 1975, conocida como “Ley de Personal del Servicio Público de Puerto Rico” y la Ley Núm. 89 de 12 de julio de 1979, conocida como “Ley de Retribución Uniforme”. El Director de la Oficina Central de Administración de Personal aprobará los planes de clasificación y retribución conforme a estas leyes antes citadas, tras mediar la certificación sobre disponibilidad de fondos de la Oficina de Gerencia y Presupuesto.