Luego de que sean certificados por la Comisión Estatal de Elecciones, los delegados comenzarán sus funciones el 1 de julio de 2021. Una vez comiencen sus funciones, los delegados presentarán un informe cada noventa (90) días sobre sus gestiones al Gobernador de Puerto Rico. El incumplimiento de alguno de sus deberes dará paso a un proceso, que podrá ser incoado por el Secretario de Justicia ante el Tribunal de Primera Instancia para destituir al delegado si se demuestra su incumplimiento.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 16 - Elecciones e Inscripciones
Subtítulo 2 - Disposiciones Adicionales
Capítulo 78 - Ley para crear la Delegación Congresional de Puerto Rico
§ 985b. Disposiciones supletorias
§ 985g. Requisitos de los candidatos a ser delegados
§ 985j. Facultades de la Comisión
§ 985k. Deberes de los delegados
§ 985l. Gastos de los delegados
§ 985m. Disposiciones adicionales