Se faculta al Comisionado de la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras a realizar las investigaciones que sean necesarias para garantizar el cumplimiento de este capítulo, evitar el lavado de dinero y el cumplimiento con el marco legal federal de todas las operaciones e ingresos provenientes de las actividades permitidas en este subcapítulo. El Comisionado de Instituciones Financieras queda facultado para dictar los reglamentos que considere necesarios o convenientes para cumplimiento a las disposiciones de este subcapítulo. El Comisionado de Instituciones Financieras, en conjunto con la Comisión de Juegos del Gobierno de Puerto Rico colaborarán en el desarrollo de las herramientas y procesos para prevenir e identificar lavado de dinero y/o cualquier otra violación al marco legal federal y estatal relacionados a la actividad autorizada en este subcapítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 15 - Deportes y Parques
Capítulo 46 - Ley de la Comisión de Juegos del Gobierno de Puerto Rico
Subcapítulo III - Apuestas en Eventos Deportivos, Ligas de Juegos Electrónicos, Tales Como “Esports”
§ 983d. Costo de las licencias
§ 983e. Casos en que no se otorgará licencia
§ 983f. Revocación o suspensión de licencias
§ 983g. Las licencias no serán transferibles
§ 983i. Comisionado de Instituciones Financieras
§ 983k. Prohibición de participación en apuestas deportivas