2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo XI - Padres, Encargados y Comunidad En General
§ 9811b. Tercer Sector

(a) Fomentar el trabajo voluntario, los acuerdos colaborativos y la participación de la comunidad en actividades curriculares y extracurriculares.
(b) Identificar, promover y establecer alianzas con entidades sin fines de lucro, el tercer sector, instituciones educativas, empresas y agencias e instrumentalidades del Estado para proveer actividades extracurriculares, servicios de salud y actividades educativas y culturales, entre otras, que repercutan en el mejoramiento de la educación y de la sociedad a la que pertenece.
(c) Trabajar en coordinación con las agencias e instrumentalidades del Estado y entidades del tercer sector para hacer de los planteles, centros vibrantes de desarrollo comunitario, cultural y recreativo que integren la participación ciudadana, desde los más niños, hasta nuestra población de la tercera edad.
(d) Coordinar cualquier capacitación y orientación a padres y encargados sobre diversos aspectos que contribuyan a mejorar el aprovechamiento académico de los estudiantes y el desarrollo de sus destrezas, talentos e intereses; como también experiencias educativas propias.
(e) Identificar potenciales actividades y programas extracurriculares para ofrecer al estudiantado y a la comunidad escolar, además de, coordinar con las regiones y escuelas para facilitar su ofrecimiento en el horario extendido después de clases.
(f) Colaborar junto al Consejero Escolar en las campañas preventivas de suicidio, bullying y trata humana.
(g) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas por el Secretario y que repercutan en beneficio del estudiante, la comunidad escolar y la comunidad general.