(a) Adoptar metas educativas para la escuela que sean consistentes con las políticas educativas y las normas estatales de aprovechamiento académico.
(b) Identificar las necesidades educativas de los estudiantes que asisten a la escuela.
(c) Formular un plan de mejoramiento escolar y académico.
(d) Fomentar la participación y colaboración de los padres y la comunidad en la gestión educativa de la escuela.
(e) Proveer alternativas y recomendaciones en apoyo a la gestión educativa.
(f) Participar en el desarrollo e implementación de programas y/o actividades curriculares y/o extracurriculares.
(g) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar.
(h) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en la escuela, la igualdad y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
(i) Identificar necesidades particulares de la comunidad escolar y general.
(j) Identificar y establecer alianzas con entidades sin fines de lucro, el tercer sector, instituciones educativas, empresas, agencias e instrumentalidades del Estado para proveer actividades extracurriculares, servicios de salud, y actividades educativas y culturales, entre otros, después del horario lectivo.
(k) Realizar y coordinar campañas preventivas de suicidio, bullying, trata humana y enfermedades contagiosas o para promover estilos de vida saludables.
(l) Evaluar y autorizar la disposición de los fondos, producto de las ventas generadas en los programas de educación agrícola y/o especializados en agricultura, para fines de mejoras a proyectos agrícolas en la finca escolar y para otros fines cónsonos con la ley.
(m) Colaborar en los esfuerzos de comunicación a la comunidad escolar, asegurándose que se cumple con la amplia divulgación por las vías formales y electrónicas, de todo lo relacionado a: los contenidos académicos, currículos, materiales educativos y didácticos, actividades, alianzas, programas, iniciativas y lo relacionado a situaciones de salud, seguridad o emergencias.
(n) Asegurarse de que la participación de los estudiantes en las diversas actividades, alianzas, programas, proyectos e iniciativas, requiere obtener el claro y expreso consentimiento escrito de los padres o tutores legales.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 133 - Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico
Subcapítulo VI - Sistema de Escuelas Públicas
§ 9806. Definición y composición de la escuela
§ 9806a. Actividades y servicios
§ 9806b. Evaluación de la escuela
§ 9806d. Funciones del Consejo Escolar
§ 9806e. Responsabilidad civil de los miembros del Consejo Escolar