2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo I - Disposiciones Generales
§ 9437. Idioma que prevalece

Este capítulo se adoptará en los dos idiomas oficiales de Puerto Rico, el español e inglés. Si en la interpretación o aplicación de este capítulo surgiere algún conflicto entre el texto en inglés y el texto en español, prevalecerá el texto en inglés. De igual manera, toda orden ejecutiva emitida al amparo de este capítulo se adoptará y publicará en los dos idiomas oficiales de Puerto Rico, el español e inglés. Si en la interpretación o aplicación de dichas órdenes ejecutivas surgiere algún conflicto entre el texto en inglés y el texto en español, prevalecerá el texto en inglés.