La persona obligada a entregar o a hacer alguna cosa incurre en mora desde que el acreedor le exige, judicial o extrajudicialmente, el cumplimiento de su obligación.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 9 - Las Obligaciones
Parte. III. Efectos De las Obligaciones en el Incumplimiento (Chs. 642 — 644)
Capítulo 643 - Factores de Atribución de Responsabilidad y Eximentes
§ 9311. Mora del deudor; interpelación
§ 9312. Excepciones a la interpelación
§ 9313. Mora en las obligaciones recíprocas
§ 9317. Responsabilidad por terceros ejecutantes de obligación