La Oficina de Gerencia de Permisos, mediante resolución u orden administrativa establecerá la publicación o estándar en la industria de la construcción, que se utilizará para el cálculo del costo estimado de obras. Esta publicación o guía será objeto de revisión periódica, como mínimo cada cinco (5) años, para su actualización y consideración de nuevas modalidades de obras de construcción. Sin embargo, dicha publicación por parte de la Oficina de Gerencia de Permisos constituye sólo una guía. Será la plena responsabilidad del solicitante del proyecto suministrar los costos de construcción finales reales a la Oficina de Gerencia de Permisos, Profesional Autorizado o Municipios Autónomos con Jerarquía de la I a la V, según corresponda.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Parte VIII - Planificacion Publica II
Capítulo 230 - Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico
§ 9019a. Urbanizaciones vía excepción
§ 9019c. Aprobación de planos seguros
§ 9019f. Transferencia de permisos de construcción