Los cursos que deberán tomar los profesionales autorizados serán administrados por instituciones u organizaciones aprobadas por el Director Ejecutivo, que a su vez cuentan con la acreditación correspondiente. Las materias que serán cubiertas en los cursos requeridos a cada profesional autorizado serán establecidas mediante reglamento por la Oficina de Gerencia de Permisos, sin embargo, deberán incluir como mínimo materias relacionadas a la aplicación e interpretación de los reglamentos de planificación, las guías de diseño verde o cualquier reglamento relacionado a las facultades de la Oficina de Gerencia de Permisos, así como al Código de Ética establecido por la Oficina de Gerencia de Permisos. La Oficina de Gerencia de Permisos podrá ofrecer cursos, seminarios y talleres necesarios para cumplir con las obligaciones impuestas por este capítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Parte VIII - Planificacion Publica II
Capítulo 230 - Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico
Subcapítulo VII - Profesional Autorizado e Inspector Autorizado
§ 9017. Profesional autorizado—Creación
§ 9017b. Profesional autorizado—Permisos expedidos
§ 9017d. Profesional autorizado—Educación continua
§ 9017e. Profesional autorizado—Conducta
§ 9017h. Profesional autorizado—Ámbito de responsabilidad