Todos los dineros de la Autoridad se depositarán en instituciones bancarias aceptadas para depósitos de los fondos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, pero se mantendrán en cuenta o cuentas separadas e inscritas a nombre de la Autoridad. Los desembolsos se harán por la Autoridad de acuerdo con sus propios reglamentos y presupuestos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 3 - Disposiciones Generales
§ 890. Conservación y Desarrollo de Culebra; título corto
§ 890c. Autoridad—Creación, adscripción; Junta de Gobierno; Director Ejecutivo
§ 890d. Autoridad—Poderes y deberes
§ 890i. Título y colindancias de terrenos
§ 890j. Derechos y contribuciones, exención