La Oficina del Contralor emitirá cartas circulares para establecer las guías que considere procedentes para que las entidades gubernamentales cumplan con este capítulo. Ello incluye, sin que se entienda como una limitación, emitir formularios modelo que deberán adoptarse para el trámite relacionado con las notificaciones que se hagan a la Oficina del Contralor, y requerir las certificaciones correspondientes. También, incluye requerir la información mediante el uso de disquetes u otros medios electrónicos que se consideren apropiados de acuerdo con los avances tecnológicos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico