2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 94 - Auditorías Externas; Normas
§ 8601. Entidad de gobierno, definición

A los fines de este capítulo, la frase “cualquier entidad de gobierno”, incluye todos los organismos con facultad de contratar de las Ramas Ejecutiva, Legislativa y Judicial, incluyendo, pero sin limitarse, a departamentos, dependencias, municipios, corporaciones públicas y sus subsidiarias, afiliadas o cualesquiera entidades gubernamentales que tengan personalidad jurídica propia.