La usucapión es ordinaria o extraordinaria. Para la usucapión ordinaria se necesita poseer las cosas con buena fe y justo título por el tiempo determinado en la ley. Para la usucapión extraordinaria se requiere poseer por el tiempo determinado por la ley sin necesidad de buena fe ni justo título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 8 - Los Derechos Reales
Capítulo 576 - Adquisición de la Propiedad
§ 8023. Poseedor en concepto de dueño
§ 8024. Prueba de posesión con justo título
§ 8025. Interrupción de la posesión
§ 8026. Cuándo no se interrumpe la posesión
§ 8027. Clasificación de usucapión
§ 8030. Usucapión de bien mueble
§ 8031. Usucapión de cosa mueble hurtada o robada
§ 8032. Usucapión de bien inmueble
§ 8034. Usucapión ordinaria frente al titular registral
§ 8035. Provecho de la usucapión a los restantes comuneros
§ 8036. Efectos de la usucapión en cuanto a la herencia
§ 8038. Legitimados para hacer valer la usucapión renunciada