2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 549 - Modo de Perpetuar y de Conocer las Constancias Vitales
§ 7645. Prueba de las constancias inscritas

La certificación oficial de las actas que obran en el Registro Demográfico es prueba suficiente de las circunstancias que constituyen el estado civil de una persona. Solo puede ser sustituida por otras pruebas si aquellas no existen, si han desaparecido los libros del registro o cuando, luego de suscitarse contienda en los tribunales, prevalece un hecho o dato distinto al inscrito.