Cuando el adquirente, durante el año contado a partir de la transferencia de la titularidad del inmueble, no haya realizado la rehabilitación de la propiedad adquirida, o no haya realizado la agrupación, cuando esta fuera procedente, el municipio podrá ejercer la acción de retracto convencional, de conformidad con lo dispuesto en el Código Civil de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 8 - Código Municipal de Puerto Rico
Parte IV - Procesos Municipales y Gestión Comunitaria
Capítulo 338 - Restauración de las Comunidades
§ 7631. Política pública de la restauración de las comunidades
§ 7633. Vista, oficial examinador y orden
§ 7634. Declaración de estorbo público
§ 7635. Inventario de propiedades declaradas como estorbo público