2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 338 - Restauración de las Comunidades
§ 7637. Revisión judicial

Las actuaciones del municipio a tenor con lo dispuesto en este capítulo, a excepción de la acción de expropiación que se rige por la Regla 58 de Procedimiento Civil, serán revisables por el Tribunal de Primera Instancia.