(a) Cuando los progenitores o el tutor le dan malos tratos o cuando incumplen voluntaria y repetidamente los deberes que emanan de la patria potestad o del ejercicio de la tutela, aun en contra de la voluntad de cualquiera de ellos;
(b) cuando queda huérfano de ambos progenitores o de aquel de ellos que ejerce la patria potestad sobre su persona;
(c) cuando quien ejerce la patria potestad ha sido declarado ausente o incapacitado; o
(d) cuando sus progenitores han sido privados definitivamente de la patria potestad.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 7 - Las Instituciones Familiares
Parte IX - La Emancipación del Menor De Edad
Capítulo 534 - Emancipación por Concesión Judicial
§ 7451. Causas para la emancipación por concesión judicial
§ 7452. Peticionarios de la emancipación
§ 7453. Requisitos para conceder la emancipación
§ 7454. Personas con derecho a ser oídas