La declaración judicial del estado filiatorio no hará pronunciamiento sobre las circunstancias del nacimiento o el estado civil de los progenitores. Al peticionario se le denominará simplemente hijo o hija y al progenitor padre o madre, según sea el caso.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 7 - Las Instituciones Familiares
Parte VI - La Filiación Natural
Capítulo 509 - La Acción Filiatoria
§ 7111. Legitimados y plazos para presentar la acción
§ 7112. Caducidad de la acción filiatoria
§ 7113. Naturaleza de la acción filiatoria