La acción filiatoria es irrenunciable e indisponible, y se transmite a los herederos del hijo con las limitaciones que imponen las secs. 7111 y 7112 de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 7 - Las Instituciones Familiares
Parte VI - La Filiación Natural
Capítulo 509 - La Acción Filiatoria
§ 7111. Legitimados y plazos para presentar la acción
§ 7112. Caducidad de la acción filiatoria
§ 7113. Naturaleza de la acción filiatoria