2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo VIII - Contratación con Proveedores de Salud
§ 7051a. Proceso de contratación

(a) Carta de Trámite: carta oficial que deberá incluir su nombre y dirección de la organización proponente, fecha en que se somete la propuesta y la firma y titulo del oficial de la corporación autorizando la propuesta.
(b) Portada: la composición artística de la portada será determinada por la organización proponente y deberá incluir el nombre de la misma.
(c) Página Titular: dicha página deberá incluir el membrete de la organización. El título de la propuesta será el siguiente:
(d) Resumen Ejecutivo: descripción del modelo de cuidado coordinado bajo una estructura organizativa similar a la de “Health Care Organizations” (HCO), que incluya la integración de todos los componentes de un sistema integrado de salud, los servicios propuestos y los beneficios que representa para los beneficiarios y proveedores participantes.
(e) Tabla de Contenido: desglose de los temas principales y las páginas donde se encuentran.
(f) Contenido de la Propuesta: información clara y concisa en cada uno de los renglones que se especifican en cada capítulo.
(g) Encuadernación: la propuesta se entregará en original y tres (3) copias, en carpetas de tres (3) argollas de dos (2) pulgadas de ancho. El contenido deberá ser escrito en tamaño 13 CG Times New Roman a doble espacio.
(h) Deberán presentar una certificación negativa de deuda exigible o de la existencia de un plan de pago de deuda, el cual se encuentre en cumplimiento y sin atrasos, con la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico (ASEM) con fecha de expedición de dicha certificación de no más de sesenta (60) días antes de la anticipada vigencia del contrato a otorgarse por la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico (ASES). La aplicabilidad de este inciso, estará condicionado a que la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico (ASEM) certifique la deuda correspondiente. Así también, el proveedor de servicios de salud o asegurador contratante no podrá ser elegible para contratación si tiene alguna deuda vencida por un término mayor de sesenta (60) días, según haya sido certificado por la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico (ASEM), y deberá cumplir además con los requisitos establecidos en las secs. 8611 a 8615 del Título 3. Para efecto de este inciso, se entenderá deuda aquella obligación contractual que conlleve el pago de una cantidad cierta y determinada de dinero, y la misma se encuentre vencida y exigible al asegurador o proveedor de servicios de salud.