Se autoriza e instruye al Secretario de Salud para que formule, establezca, organice y desarrolle un programa de acción contra el alcoholismo y para la rehabilitación del alcohólico, en sus fases de prevención, cuidado, tratamiento y rehabilitación física, social, emocional y ocupacional.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte II - Control De Enfermedades
§ 691. Definición de persona alcohólica
§ 692. Formulación de programa contra alcoholismo y para rehabilitación del alcohólico
§ 693. Deberes del Secretario de Salud
§ 694. Establecimiento y funcionamiento de un centro de rehabilitación
§ 697. Asignación y uso de fondos; servicios gratis a indigentes; pagos de acuerdo a ingresos