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    • 2020 Laws of Puerto Rico
    • Título 18 - Educación
    • Parte II - Universidad de Puerto Rico
    • Capítulo 43 - Escuela de Medicina
    • § 691. Escuela de Medicina—Establecimiento

    2020 Laws of Puerto Rico
    Capítulo 43 - Escuela de Medicina
    § 691. Escuela de Medicina—Establecimiento

    Se instruye a la Junta de Síndicos de la Universidad de Puerto Rico para que a la brevedad posible proceda a establecer una Escuela de Medicina en la Universidad de Puerto Rico.

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    Structure 2020 Laws of Puerto Rico

    2020 Laws of Puerto Rico

    Título 18 - Educación

    Parte II - Universidad de Puerto Rico

    Capítulo 43 - Escuela de Medicina

    § 691. Escuela de Medicina—Establecimiento

    § 692. Escuela de Medicina—Uso de los recursos de la Universidad y de la Escuela de Medicina Tropical

    § 693. Escuela de Medicina—Uso del Hospital de Distrito de Bayamón y de otros hospitales

    § 694. Hospital de la Universidad—Designación

    § 695. Hospital de la Universidad—Bajas y altas; reglamentación

    § 712b. Secretario de Justicia; reglamentación para el pago de autopsias, exhumaciones

    § 713. Premio para los médicos por trabajo científico de carácter original—Establecimiento

    § 714. Premio para los médicos por trabajo científico de carácter original—Solicitudes; adjudicación

    § 715. Premio para los médicos por trabajo científico de carácter original—Distribución del premio

    § 716. Premio para los médicos por trabajo científico de carácter original—Médicos que podrán competir

    § 717. Premio para los médicos por trabajo científico de carácter original—Asignación

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