(1) El que reclame en juicio la propiedad de bienes inmuebles o la constitución, declaración, modificación o extinción de cualquier derecho inscribible.
(2) El que reclame en una acción judicial alguna circunstancia que afecte el título de propiedad inmueble, la validez y eficacia, o invalidez o ineficacia del título o títulos referentes a la adquisición, constitución, declaración, modificación o extinción de cualquier derecho inscribible.
(3) El que obtenga a su favor orden de embargo sobre bienes inmuebles del deudor.
(4) El que en juicio reclame el cumplimiento de cualquier obligación y obtenga resolución ordenando el secuestro y/o prohibición de enajenar de bienes inmuebles.
(5) El legatario de derechos sobre bienes inmuebles determinados, siempre que no lo sea también de parte alícuota del caudal hereditario o heredero.
(6) Los municipios por los gastos y multas relacionadas a un inmueble declarado estorbo público mediante certificación administrativa y conforme a las leyes aplicables.
(7) Las agencias gubernamentales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, que emiten resoluciones adjudicando penalidades por daño ambiental sobre bienes inmuebles.
(8) La Agencia de Protección Ambiental (Environmental Protection Agency E.P.A.), para recuperar los fondos utilizados provenientes del Superfondo (Superfund) bajo la Ley Integral de Respuesta, Compensación y Responsabilidad Ambiental (Comprehensive Environmental Response, Compensation, and Liability Act CERCLA), relacionados a la limpieza, medidas correctivas y de remoción causadas por contaminación ambiental.
(9) El acreedor refaccionario mientras duren las obras que sean objeto de refacción.
(10) El que en cualquier otro caso tuviese derecho a exigir anotación preventiva conforme a lo dispuesto en ésta o en otra ley.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 30 - Ley Hipotecaria y su Reglamento
Subtítulo 6 - Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
Capítulo 304 - Forma y Efecto de las Anotaciones Preventivas
§ 6061. Forma; lugar de anotación; contenido
§ 6064. Quiénes pueden pedir anotación preventiva de derechos
§ 6066. Sentencia firme; inscripciones y cancelaciones procedentes
§ 6068. Embargo en procedimientos administrativos; disposiciones aplicables