(a) El tercero que adquiere protegido por la sec. 6050 de este título el dominio o cualquier derecho real que implique posesión, quedará amparado por la fe pública registral frente a un usucapiente, bien sea por prescripción ordinaria o extraordinaria, si cumple lo siguiente:
(1) Desconocía la usucapión consumada o en curso a favor de persona distinta de su transmitente.
(2) Dentro de un año luego de la adquisición interpone acción judicial para negar los efectos de la usucapión consumada antes de la adquisición o dentro de dicho plazo.
(b) Transcurrido el año luego de la adquisición cesará para el tercero la protección concedida en esta sección y se juzgará el título y se contará el tiempo con arreglo a la legislación civil.
(c) Cuando la posesión sea de una servidumbre negativa que pueda adquirirse por prescripción, el plazo de un año se contará desde que el tercero conoció su existencia o desde que se produjo, estando ya en posesión del predio sirviente, un acto obstativo a su libertad.
(d) Los derechos reales limitativos del dominio que no impliquen posesión, adquiridos sobre derecho ajeno por un tercero que reúna los requisitos fijados en la sec. 6050 de este título, no serán afectados por la usucapión extraregistral del derecho sobre el cual recaen.
(e) El tercer adquirente de derechos reales tendrá frente a los efectos de la prescripción extintiva, la misma protección que esta sección provee contra los efectos de usucapión.
(f) El que adquiera del tercero tendrá los derechos que esta sección le concede a su causante, siempre que cumpla con los mismos requisitos y con los establecidos en la sec. 6050 de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 30 - Ley Hipotecaria y su Reglamento
Subtítulo 6 - Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
Capítulo 303 - Forma y Efectos de la Inscripción
§ 6031. Inscripción; quién puede pedirla
§ 6032. Inscripción en general; requisitos previos
§ 6033. Inscripción o anotación; efecto
§ 6036. Primera inscripción; dominio
§ 6037. Números diferentes y correlativos; inscripciones bajo un mismo número
§ 6038. Contenido de la primera inscripción y subsiguientes
§ 6040. Prohibiciones de disponer o enajenar; normas
§ 6042. Resolución de venta de inmuebles o derechos reales; documentos requeridos
§ 6043. Ampliación y cesión de derechos inscritos; nueva inscripción
§ 6045. División y adjudicación de bienes gananciales; requisito indispensable
§ 6046. Cumplimiento de condiciones suspensivas o resolutorias; forma de hacerlas constar
§ 6047. Asiento único; discreción del Registrador; tracto sucesivo
§ 6048. Asientos defectuosos por omisión de requisitos
§ 6050. No convalidación de actos o contratos nulos; protección de derechos de terceros
§ 6051. Terceros adquirentes de herederos y legatarios; protección registral
§ 6052. Prescripción; justo título
§ 6055. Actos o contratos en perjuicio de tercero; causas por las que no se anularán ni rescindirán