2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 258 - Ley Ponte al Día en el CRIM
§ 5980. Informe al Gobernador y a la Asamblea Legislativa

El Director Ejecutivo del CRIM rendirá un informe detallado al Gobernador y a la Asamblea Legislativa sobre los recaudos obtenidos y la efectividad de los incentivos otorgados. Dicho informe deberá presentarse en un término no mayor de tres (3) meses, contados a partir de la finalización del Plan de Incentivos, según dispuesto en la sec. 5977 de este título.