(a) El progenitor o ascendiente del menor de edad que ha desaparecido durante su minoridad, aunque advenga a la mayoridad mientras se encuentra ausente, si este no deja descendientes conocidos;
(b) el que actúa legítimamente como administrador o representante del ausente, si es relevado de prestarla para el caso de que continúe la gestión durante su estado de ausencia; y
(c) el albacea a quien el testador ausente ha relevado expresamente de prestarla como condición para ejercer su cargo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 6 - Las Relaciones Jurídicas
Parte I - Persona, Animales Domésticos y Domesticados, Bienes y Hechos, Actos y Negocios Jurídicos
Subcapítulo II - Medidas Cautelares para Proteger los Intereses Personales y Económicos del Ausente
§ 5783. Nombramiento por inhabilitación del administrador
§ 5784. Citación de legitimarios y acreedores
§ 5786. Remisión a las normas de tutela
§ 5787. Exención de prestar fianza
§ 5789. Reclamación contra administrador o poseedor provisional