2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 51 - Instituciones Penales
§ 576. Cárceles municipales; confinados estaduales

Que el Secretario de Hacienda quede por la presente autorizado para investigar y liquidar, y al efecto se le faculta y da orden para que investigue y liquide, los gastos originados durante el año económico de 1906-07, o que en adelante se originaren, a los municipios de Puerto Rico por la manutención en las cárceles municipales, de presos sentenciados por el Tribunal de Primera Instancia o aguardando la vista de sus causas en las mismas, con motivo de infracciones de las leyes estaduales.