(a) Como titular de los terrenos a utilizarse para el establecimiento de programas educativos agrícolas extensivos como parte de la Escuela Vocacional Agrícola de Jayuya, el Municipio de Jayuya gestionará los permisos, pólizas de seguro y cualquier otra autorización aplicable con las agencias correspondientes a los fines de asegurar el óptimo acondicionamiento y la utilización de estos terrenos según dispuesto en las secs. 550 a 550d de este título.
(b) Gestionar la construcción y acondicionamiento de estructuras sanitarias y demás espacios necesarios para los estudiantes, en aquellos terrenos destinados al establecimiento y ejecución de programas educativos agrícolas.
(c) Gestionar y proveer transportación para movilidad desde y hacia la Escuela Carmen Salas de Torrado hacia o desde cualquier terreno habilitado a los fines de realizar en ellos cualquier programa educativo agrícola de los estudiantes que participen de la Escuela Vocacional Agrícola de Jayuya.
(d) El Municipio de Jayuya podrá establecer acuerdos colaborativos bona fide y alianzas de cooperación con agencias gubernamentales, con otros municipios y con entidades públicas o privadas para la consecución de los objetivos dispuestos en las secs. 550 a 550d de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 25 - Enseñanza Agrícola
§ 545. Enseñanza agrícola-industrial
§ 546. Adquisición de terrenos para la enseñanza agrícola—Cursos elementales de agricultura
§ 547. Enseñanza agrícola-industrial—Cooperación del Secretario de Agricultura
§ 548. Enseñanza agrícola-industrial—Huertos para escuelas locales
§ 549. Enseñanza agrícola-industrial—Asignación
§ 550. Escuela Vocacional Agrícola—Establecimiento
§ 550b. Escuela Vocacional Agrícola—Estructura académica
§ 550c. Escuela Vocacional Agrícola—Obligaciones del Departamento de Educación
§ 550d. Escuela Vocacional Agrícola—Obligaciones del Municipio de Jayuya