2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 25 - Enseñanza Agrícola
§ 547. Enseñanza agrícola-industrial—Cooperación del Secretario de Agricultura

El Secretario de Agricultura cooperará con el Secretario de Educación al mejor éxito del nuevo plan de enseñanza agrícola establecido por la presente; y, a tal fin facilitará y pondrá a disposición del Secretario de Educación los servicios que al mejor éxito de dicho plan puedan prestar la Estación Experimental y granja agrícola del Departamento de Agricultura, y suministrará aquellas semillas seleccionadas de árboles y plantas útiles que obtuviere de dichos centros propias para trasplante y para servir de demostración en los huertos escolares, y cualquier literatura que se publicare por su Departamento adecuada para ser difundida en todas las escuelas.