Se confiere jurisdicción al Tribunal de Primera Instancia para que, a instancia del Secretario(a) de Recreación y Deportes, conceda los remedios legales que fueren necesarios para hacer efectivos los términos de este capítulo y hacer que se cumplan los reglamentos, reglas, órdenes y determinaciones que hubiera dictado el Secretario(a) en uso de los poderes que le confiere este capítulo.
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