(1) Establecer diferencias en premios o beneficios materiales que, directa o indirectamente, en efecto produzcan, pretendan producir, comuniquen o promuevan, menor reconocimiento o reconocimiento de menor importancia, hacia la mujer participante que hacia el hombre, discriminando desfavorable e injustificadamente contra ésta cuando éstos estén en iguales categorías.
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