La agencia de seguridad deberá someter para la aprobación de la Oficina de Licencias de Armas junto con su solicitud de licencia especial de armas largas para el transporte de valores, un reglamento sobre el uso, manejo y control de las armas largas bajo su posesión, que incluya, pero no se limite a, las condiciones en que sus guardias de seguridad portarán las armas largas autorizadas a la agencia de seguridad. El Comisionado deberá, mediante reglamentación, establecer unos requisitos mínimos que deberá contener el reglamento de cada agencia de seguridad.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte V - Reglamentacion de Armas de Fuego, Explosivos y Otros Artefactos Peligrosos
Capítulo 51B - Ley de Armas de Puerto Rico de 2020
Subcapítulo V - Agencias de Seguridad que Transporten Valores
§ 465. Licencia especial de armas largas para el transporte de valores
§ 465a. Procedimiento de solicitud
§ 465b. Reglamento de la agencia de seguridad