(a) Diez por ciento (10%) del número total de socios de la cooperativa, cuando se trata de una asamblea general de socios;
(b) diez por ciento (10%) del número total de socios del distrito, cuando se trata de una asamblea de distrito, o
(c) treinta por ciento (30%) del número total de delegados, cuando se trata de una asamblea general en cooperativa organizada por distritos.