2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo VII - Asambleas
§ 4453. Asuntos que competen exclusivamente

(a) Aprobar y modificar las cláusulas y el reglamento;
(b) elegir y remover a los miembros de la Junta de Directores y comités de supervisión;
(c) ratificar o rechazar las recomendaciones de la Junta de Directores sobre las compensaciones, si algunas, de los miembros de la Junta y de los comités;
(d) resolver sobre fusión, incorporación o disolución de la cooperativa;
(e) decidir la acción a seguir contra los miembros de juntas de directores y comités de supervisión, cuando éstos actúen en violación de sus responsabilidades;
(f) decidir sobre la capitalización o distribución de sobrantes;
(g) decidir sobre la creación u operación de departamentos, subsidiarias y afiliadas que no estén contempladas y provistas en las cláusulas o en el reglamento general de la cooperativa;
(h) decidir sobre la constitución de distritos, la representatividad y los respectivos derechos de socios, y
(i) recibir los informes de la Junta de Directores y los comités de supervisión y educación.