2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo III - Disposiciones Penales
§ 432. Penalidad para las corporaciones

Toda corporación que, abierta, fraudulenta o simuladamente o de alguna manera adquiriere en cualquier concepto tierras en violación de la disposición contenida en el art. 3 de la Resolución Conjunta del Congreso de Estados Unidos, aprobada en 1ro de mayo de 1900, con respecto a la compra, venta o posesión de bienes inmuebles, será culpable de delito menos grave y convicta que fuere será penada con multa mínima de quinientos dólares ($500) y máxima de mil dólares ($1,000).