El Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) aprobará un reglamento para implantar lo dispuesto en este capítulo, y de conformidad con lo dispuesto en las secs. 2101 et seq. del Título 3, conocidas como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme”, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de aprobación de esta ley.