(a) Departamento.— Significará el Departamento de Asuntos del Consumidor.
(b) Establecimiento.— Significará cualquier estructura, edificio, local, almacén, solar o lugar análogo en el que se realice cualquier tipo de operación sobre la venta, expendio o distribución de bienes y servicios a los consumidores.
(c) Garantía.— Significará el documento que se emite en un establecimiento afirmando la idoneidad y calidad de los bienes vendidos o de los servicios rendidos a los consumidores, y donde media un compromiso de reembolso, reparación, sustitución o cualquier otro remedio adecuado para corregir las fallas, defectos o deficiencias que se hayan identificado en esos bienes o servicios durante un término de tiempo específico a través del establecimiento y/o del manufacturero del producto.
(d) Recibo de compra.— Significará el documento, escrito o resguardo donde se haga constar la fecha, la hora, el lugar, el bien adquirido y/o el tipo de servicio ofrecido, y la suma pagada por el consumidor a un establecimiento por determinados bienes o servicios.