2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 160A - Ley Contra el Hostigamiento e Intimidación o “Bullying” del Gobierno de Puerto Rico
§ 3961g. Protocolo de manejo de casos—Agencia encargada de velar por cumplimiento

El Departamento de Estado de Puerto Rico será la agencia encargada de velar por el cumplimiento de este Protocolo en las instituciones de educación superior y privadas. Cada institución vendrá obligada a informar al Departamento de Estado sobre cualquier caso de hostigamiento y/o “bullying” en sus distintas instalaciones o recintos, según se establezca el procedimiento en el Protocolo.