(a) Establecer el reglamento para la implementación del cernimiento para defectos cardíacos congénitos críticos mediante la oximetría de pulso. El reglamento incluirá, pero no estará limitado a: las normas y procedimientos para la administración de la prueba de cernimiento utilizando la oximetría de pulso, el control de calidad de la prueba de cernimiento, el reporte de los resultados, las guías para el cuidado y seguimiento de los recién nacidos con un cernimiento positivo, el informar a los padres sobre el propósito de la prueba y el mantener la confidencialidad de las familias afectadas.
(b) Supervisar que las instituciones hospitalarias con nacimientos realicen el cernimiento para defectos cardíacos congénitos críticos siguiendo el protocolo y/o procedimientos establecidos por el Departamento de Salud.
(c) Establecer un sistema efectivo y confiable para el reporte y recopilación de los resultados del cernimiento para defectos cardíacos congénitos críticos.
(d) Proveer a las instituciones hospitalarias la información necesaria para la preparación de material educativo para las familias sobre el cernimiento para defectos cardíacos congénitos críticos.