(1) Radique ante el Secretario de Estado un certificado de enmienda eliminando de su certificado de incorporación las disposiciones que requiere o permite la sec. 3823 de este título que se hagan constar en el certificado de incorporación para cumplir con los requisitos de una corporación íntima, o
(2) cualesquiera de las disposiciones o condiciones que requiere o permite la sec. 3823 de este título que se hagan constar en el certificado de incorporación para cumplir con los requisitos de una corporación íntima hayan sido violadas y ni la corporación ni ninguno de sus accionistas hayan cumplido con lo requerido por la sec. 3839 de este título para impedir la pérdida de la condición de íntima o para remediar tal violación de los requisitos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 14 - Corporaciones Privadas
Subtítulo 5 - Ley General de Corporaciones de 2009
Capítulo 234 - Corporaciones Intimas
§ 3821. Ley que rige las corporaciones íntimas
§ 3822. Efecto de este capítulo en otras leyes
§ 3823. Corporación íntima, definición, contenido del certificado de incorporación
§ 3824. Incorporación de una corporación íntima
§ 3825. Elección de una corporación existente de convertirse en una corporación íntima
§ 3828. Administración por los accionistas
§ 3829. Acuerdos que restringen las facultades discrecionales de los directores
§ 3830. Funcionamiento de la corporación como una sociedad
§ 3831. Opción de los accionistas de disolver la corporación
§ 3833. Responsabilidad limitada
§ 3834. Terminación voluntaria de la condición de corporación íntima; efecto de la terminación
§ 3835. Designación de un administrador judicial para una corporación íntima
§ 3836. Designación de un director provisional en determinados casos
§ 3837. Remedio extraordinario; disolución
§ 3838. Limitaciones en la continuación de la condición de corporación íntima