(1) Respetarán las leyes, reglamentos, cartas circulares, normas, instrucciones y directrices emitidas por las autoridades académicas.
(2) Asistirán con puntualidad y regularidad a clases, y mantendrán una conducta decorosa tanto en el horario escolar como en los recesos y otras actividades escolares, sean celebradas en el plantel escolar o fuera de éste.
(3) Conservará, cuidará, protegerá y no le causará daños a la propiedad pública, equipo, libros y materiales escolares.
(4) Se abstendrá de interferir con el desarrollo de las clases.
(5) No coaccionará a otros estudiantes para lograr su participación en un modo particular de expresión, ni violará el derecho de otros estudiantes a disentir de sus puntos de vista.
(6) Los padres o encargados tendrán la responsabilidad de asegurarse que sus hijos menores no emancipados asistan con puntualidad y regularidad a clases, y notificarán a las autoridades escolares cuando exista alguna circunstancia que le impida asistir a la escuela.
(7) Los padres o encargados serán responsables por los daños ocasionados por sus hijos menores no emancipados a la propiedad pública, equipo, libros y materiales escolares. En el caso de que el estudiante sea mayor de edad o emancipado, deberá responder personalmente por los daños ocasionados.
(8) Los padres o encargados de un menor tendrán la responsabilidad de mantener actualizada su información de contacto en caso de que las autoridades escolares tengan que comunicarse con ellos. Esta información incluirá, pero sin necesariamente limitarse a, dirección física de la residencia y/o lugar de trabajo de los padres, número de teléfono residencial, móvil o del lugar de trabajo de ambos padres, e información de contacto de algún familiar o persona de confianza de los padres, en caso de que sea imposible comunicarse de manera expedita con los padres en caso de emergencia. Esta información será colocada en un lugar seguro y solamente podrá ser accesada por el/la director(a) de la escuela, su secretaria/o, el/la orientador/a escolar, o el/la trabajador(a) social de la escuela.
(9) Si un estudiante se ausentare ausentase por más de tres (3) días consecutivos sin justificación alguna, será responsabilidad de las autoridades escolares comunicarse con los padres o encargados de dicho estudiante, para determinar la causa de dichas ausencias.
(10) Los deberes y responsabilidades comprendidos en esta sección, no son taxativos o excluyentes con cualquier otro derecho, deber o responsabilidad que la escuela pueda concederles o requerirles a los estudiantes.