(a) Promover la política pública del Departamento de Salud, en el área del IEIS.
(b) Desarrollar, actualizar y dirigir, junto al Secretario de Salud, la implantación en Puerto Rico del Plan Estratégico y Operacional del IEIS para Puerto Rico.
(c) Coordinar el IEIS dentro y fuera de la jurisdicción de Puerto Rico.
(d) Adoptar, desarrollar e implantar toda estrategia necesaria y requerida por el Gobierno de Puerto Rico, para la implantación efectiva del Plan Estratégico y Operacional del IEIS para Puerto Rico. En adición, será su obligación velar que se cumpla con lo dispuesto en el inciso (h) de la sec. 3743 de este título.
(e) Coordinar la integración de la Corporación como entidad designada por el Gobierno de Puerto Rico para IEIS, ante la NHIN, así como con redes o infraestructuras tecnológicas similares en otras jurisdicciones, de forma segura y efectiva.
(f) Promover la colaboración activa y efectiva entre los sectores de salud en Puerto Rico y cualesquiera otras jurisdicciones.
(g) Promover y lograr alianzas que resulten en beneficio de la salud y la salud pública en Puerto Rico.
(h) Establecer estrategias, políticas y procedimientos para el manejo o mitigación de riesgos en el IEIS, dentro y fuera de la jurisdicción de Puerto Rico.
(i) Representar a Puerto Rico en toda reunión, conferencia, vistas, y/o cualquier evento relacionado, esta enumeración no es taxativa, al IEIS fuera de Puerto Rico con el fin de adelantar la implantación de la política pública relacionada al campo de la informática médica entre Puerto Rico y otras jurisdicciones.
(j) Velar, junto al Departamento de Justicia de Puerto Rico, por el cumplimiento con las políticas y procedimientos en caso de violaciones de ley o reglamentos estatales y federales relacionados con la seguridad y confidencialidad de los datos e información de salud.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte VII - Hospitales, Instituciones y Programas sobre Salud
§ 3744. Derechos de la Corporación
§ 3747. Coordinador de Informática Médica
§ 3748. Limitación de responsabilidad de la junta de directores, comités expertos y participantes
§ 3749. Transferencia de bienes a la Corporación