2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 1055 - Licencias
§ 32565. Venta o donación de bebidas alcohólicas prohibidas a menores de dieciocho (18) años

(a) Ningún traficante venderá o donará bebidas alcohólicas a un menor de dieciocho (18) años de edad, ya sea para su uso personal o para el uso de otras personas. Tampoco empleará a menores de dieciocho (18) años en el expendio de bebidas alcohólicas.
(b) Todo traficante de bebidas alcohólicas al por mayor o al detal requerirá de cualquier persona que aparente ser menor de veintisiete (27) años, una tarjeta de identificación con su retrato y fecha de nacimiento, previo a la venta de bebidas alcohólicas, empleo o utilización de dicha persona en el expendio, venta o tráfico de bebidas alcohólicas.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 13 - Contribuciones y Finanzas

Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico

Parte VI - Impuestos Sobre Bebidas Alcohólicas

Capítulo 1055 - Licencias

§ 32551. Requisitos para corporaciones y sociedades

§ 32552. Plantas industriales

§ 32553. Almacenes de adeudo públicos

§ 32554. Traficantes al por mayor en espíritus destilados y bebidas alcohólicas

§ 32555. Ventas al por mayor desde vehículos de motor

§ 32556. Traficantes al detalle en bebidas alcohólicas

§ 32557. Limitación en explotación de licencias categorías b y c, expedidas a detallistas

§ 32558. Licencias para traficantes al detalle por tiempo limitado

§ 32559. Vencimiento de los derechos

§ 32560. Licencias para traficantes al detalle en sitio fijo

§ 32561. Licencias de traficantes al detalle a menos de cien (100) metros de escuelas o iglesias o centros religiosos, o instalación pública o privada de rehabilitación de adictos a sustancias controladas o alcohol

§ 32562. Locales comunicados con viviendas serán inelegibles

§ 32563. Revocación, negativa de expedición o negativa de renovación de licencias para el expendio de bebidas alcohólicas al detalle

§ 32564. Se pagarán los derechos de licencias antes de comenzar ocupación gravada

§ 32565. Venta o donación de bebidas alcohólicas prohibidas a menores de dieciocho (18) años

§ 32566. Traslado de licencias y existencias de bebidas alcohólicas

§ 32567. Traslado de licencias y existencias de espíritus destilados

§ 32568. Personas que no podrán operar establecimientos donde se vendan bebidas alcohólicas

§ 32569. Documentos e informes no estarán sujetos a inspección

§ 32570. Bajas de licencias