Toda transacción efectuada conforme a este capítulo (incluyendo, pero sin limitarse a, aquellas transacciones efectuadas conforme a determinaciones hechas por la AAFAF o el BGF bajo este capítulo) serán válidas y vinculantes con respecto a toda entidad gubernamental a la fecha de cierre. Excepto según se establezca expresamente en este capítulo, los acuerdos complementarios y la escritura de fideicomiso, ninguna entidad gubernamental tendrá derecho o reclamación adicional alguno contra el BGF, la Autoridad y el Fideicomiso y cualquier oficial, director, empleado agente u otro representante de estos, de cualquier naturaleza y tipo, ya existente u ocurriendo en o antes de la fecha de cierre. Se considera que cada entidad gubernamental renuncia, libera y descarga al BGF, la Autoridad y el Fideicomiso y sus oficiales, directores, empleados, agentes y representantes de dichas reclamaciones.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte VII - Otras Instituciones Financieras
Subcapítulo VI - Disposiciones Misceláneas
§ 3211. Confirmación de préstamos
§ 3212. Efecto vinculante de la transacción de restructuración sobre las entidades gubernamentales
§ 3213. Falta de autoridad y legitimación activa de entidades gubernamentales
§ 3214a. Fideicomiso en beneficio de empleados retirados
§ 3214b. Juntas de Directores de otras entidades gubernamentales