(a) Supervisar la ejecución de las disposiciones de este capítulo.
(b) Aprobar los reglamentos que fueren necesarios.
(c) Emitir las órdenes administrativas que considere necesarias.
(d) De entenderlo necesario, presentar una denuncia o querella ante la Secretaría Auxiliar de Asuntos Monopolísticos del Departamento de Justicia, por cualquier violación a este capítulo para que la misma se procese por la vía judicial.
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