(A) La región donde el médico prestará sus servicios.
(B) La rama de la medicina donde el médico tenga su especialización.
(C) La experiencia del médico en términos de años ejerciendo su profesión.
(D) Los exámenes, boards y educación continuada del médico.
(E) La evaluación del Comité nombrado por el Secretario de Salud para esos efectos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte I - Hospitales, Instituciones y Programas Sobre Salud
Capítulo 13 - Contratos de Servicios Médicos y Dentales
§ 287. Servicios de salud para Vieques y Culebra
§ 289. Servicios de salud para Vieques y Culebra—Fondos
§ 298. Cuerpo Especial de Servicios de Salud—Definiciones
§ 298a. Cuerpo Especial de Servicios de Salud—Creación; composición
§ 298b. Cuerpo Especial de Servicios de Salud—Sistema de clasificación y retribución
§ 298c. Cuerpo Especial de Servicios de Salud—Reglamentación