2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - La Corporación del Fondo de Interés Apremiante
§ 22e. Actividades prohibidas

(a) Fusionarse o consolidarse, directa o indirectamente, con ninguna Persona;
(b) incurrir, garantizar o de alguna otra manera obligarse a pagar deuda alguna u otras obligaciones que no sean los Bonos del Plan de Ajuste, gastos operacionales, los costos de financiamiento y cualquier bono, nota, o evidencia de deuda permitida bajo la sec. 22b de este título;
(c) gravar, crear o registrar gravámenes sobre cualquier propiedad (incluyendo los ingresos de la Corporación), excepto (1) por el gravamen para garantizar el pago de los Bonos del Plan de Ajuste creado por la sec. 23a de este título o (2) cualquier pignoración o gravamen para garantizar un bono, nota o evidencia de deuda permitida bajo la sec. 22b de este título, pero sólo en la medida en que dicha prenda o gravamen esté subordinado en todos los aspectos al gravamen establecido en la sec. 23a de este título;
(d) llevar a cabo actividades de negocio que no sean las autorizadas expresamente en este capítulo;
(e) disolver, liquidar, vender o, excepto según permitido por el inciso (e) de la la sec. 22c de este título, de otra manera transferir toda o una parte de su propiedad (incluyendo los ingresos de la Corporación);
(f) los directores de la Corporación no votarán para autorizar a la Corporación a comenzar un caso bajo el Título III de PROMESA o procesos judiciales de reestructuración similares bajo las leyes aplicables sujeto a las disposiciones de tales leyes; y
(g) tomar cualquier otra acción que sea inconsistente con el propósito de la Corporación, según establecido por este capítulo o complementaria a éste.