Como requisito para la vigencia continua del contrato suscrito, la persona natural o jurídica a la cual se adjudiquen los derechos de designación de cualquier propiedad pública, será responsable de mantenerse al día en su obligaciones de pago al Gobierno de Puerto Rico de contribuciones por concepto de ingresos, los arbitrios, las patentes municipales, las contribuciones sobre los bienes muebles e inmuebles, y cualquier otro derecho y arancel aplicable, conforme a lo dispuesto por el ordenamiento jurídico de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Parte I - Planificacion Publica
Capítulo 17 - Ley para Autorizar la Venta de Derechos de Designación de Propiedades Públicas
§ 228d. Personas naturales o jurídicas autorizadas a adquirir derechos de designación
§ 228e. Uso del producto de la venta de derechos de designación
§ 228g. Aplicabilidad de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme
§ 228h. Responsabilidades fiscales y contributivas de la persona natural o jurídica seleccionada
§ 228i. Designación de estructuras y vías públicas con el nombre de personas ilustres del pasado